La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un nuevo régimen de facturación y registración mediante el cual se elimina la posibilidad de emitir comprobantes de forma manual, salvo muy pocas excepciones con ciertas condiciones, y el cual entrará en vigencia de forma progresiva según la caracterización del contribuyente y la modalidad de la facturación.
En este sentido, recordamos que el caso de las ventas por ruteo, es decir aquellas operaciones cuya facturación se deba efectuar en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio objeto de la transacción, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante, estaban exceptuadas de la obligación de respaldar dicha operación mediante comprobantes electrónicos originales pudiendo realizarse la denominada factura manual.
Así lo establecía el segundo párrafo del artículo 3° de la Resolución General 2904 de AFIP: «La obligación de emisión de los comprobantes electrónicos de este título, no incluye a las operaciones de compraventa de cosas muebles o prestaciones de servicios, en ambas situaciones, no realizadas en el local, oficina o establecimiento, cuando la facturación se efectúa en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio objeto de la transacción, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante.»
Con las modificaciones introducidas por la Resolución General 4291, se elimina dicho párrafo con lo cual se elimina también la excepción de emitir comprobantes electrónicos en los casos de ventas por ruteo.
Asimismo, el inciso b) del artículo 29 de la Resolución General 4290 fija la fecha a partir de la cual los contribuyentes que realicen operaciones de compraventa de cosas muebles o prestaciones de servicios, en ambas situaciones, no realizadas en el local, oficina o establecimiento, cuando la facturación se efectúa en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio objeto de la transacción, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante, resultan obligados a emitir dichos comprobantes de manera electrónica.
En este sentido se establece que:
OPCIÓN DE EMISIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS (RG N° 4291) | POR LOS COMPROBANTES QUE EMITAN A PARTIR DEL |
“Comprobantes en Línea” / “Facturador Móvil” | 1 de enero de 2019 |
FACTURADOR MÓVIL
El «Facturador Móvil» es una herramienta que permite, desde cualquier celular o tablet, generar comprobantes electrónicos y administrar la base de clientes, productos, servicios y plantillas para que se pueda personalizar la aplicación a las necesidades de cada negocio. Fue aprobado por la AFIP mediante la Resolución General N° 3808.
¿Cuáles son los requisitos para utilizar la aplicación?
Antes de comenzar a utilizar la aplicación se deberá:
– Contar con Clave Fiscal nivel de seguridad 2 o superior.
– Haber ingresado con Clave Fiscal al servicio “Comprobantes en línea” para registrar al menos un punto de venta de factura electrónica.
¿Cuáles son los requisitos técnicos?
Requisitos de hardware y software
– Dispositivo celular o tablet con sistema operativo Android de versión mayor a 4.1 (Jelly Bean).
– El dispositivo no debe tener permisos de súper usuario (root user).
– Memoria mínima de 512MB, recomendada 1GB o superior.
– Espacio de almacenamiento interno o externo para guardar las imágenes de los productos y las de configuración personalizada, y los comprobantes en formato PDF.
– Conexión a internet
Opcionalmente:
– Una pantalla de 4’’ o superior para una visualización correcta de todos los elementos en pantalla.
– Cámara de fotos de al menos 5Mpx con autofoco que permita escanear los códigos de barras.
– Aplicación para visualizar archivos PDF.
– Aplicación de cobro online para una integración completa
¿Cuáles son los beneficios?
– Agilizar las operaciones.
– Podés crear tus propios modelos de comprobantes (plantillas).
– Personalizar tus propios productos, servicios y clientes mediante la carga individual, por escaneo del código de barras o por nómina completa (importación de archivos).
– Generación del comprobante con la obtención del CAE en línea. La factura queda registrada en las bases al momento de la venta.
– Envío automático de un correo electrónico con la factura al receptor.
– Con la utilización de plantillas, podés generar un comprobante en tan sólo cuatro clicks.
– Diseño estandar y compatible con todas las aplicaciones móviles más utilizadas.
– Integración con medios de pago disponibles en el mercado.
Tutorial y Manual de Usuario (*)
Facturador Móvil. Manual de Usuario.
(*) Fuente: AFIP