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CNV: nuevas restricciones para operaciones de valores negociables con liquidación en moneda extranjera

rg 836/20 cnv, rg 828 cnv RG 832 CNV Comisión Nacional de Valores

La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso la implementación de nuevos límites para las operaciones de compra-venta de valores negociables de renta fija, nominados y pagaderos en dólares emitidos por la República Argentina, que rigen a partir de hoy.


La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso la implementación de nuevos límites para las operaciones de compra-venta de valores negociables de renta fija, nominados y pagaderos en dólares emitidos por la República Argentina, que rigen a partir de hoy.

También se aprobaron limitaciones para quienes tengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases y pretendan realizar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera.

La medida fue adoptada mediante la RG 959, a publicarse este martes en Boletín Oficial.

En el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 164/2023, dichos límites se centran en la cantidad de valores negociables vendidos respecto de la cantidad de valores negociables comprados -con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local o extranjera-, realizadas en el segmento de concurrencia de ofertas, con prioridad precio tiempo por parte de las subcuentas alcanzadas por lo dispuesto en el artículo 6° del Capítulo V del Título VI, y que revistan el carácter de inversores calificados.

Asimismo, se dispone que tanto los agentes de Liquidación y Compensación como los de Negociación no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera -en jurisdicción local y extranjera- correspondientes a clientes ordenantes (mientras mantengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación).

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