Código Tributario Catamarca

Los tributos que establezca la Provincia de Catamarca, se rigen por las disposiciones de este Código y leyes tributarias especiales.


Texto Ordenado: 2001 (Ley 5.022 T.O. Decreto 16/2001)

Modificaciones incorporadas: 

Modificaciones posteriores no incorporadas:

Fuente: página web de la Administración General de Rentas de la Provincia de Catamarca


Artículo 1°.- Los tributos que establezca la Provincia de Catamarca, se rigen por las disposiciones de este Código y leyes tributarias especiales.

Las disposiciones contenidas en el Libro Primero de este Código se aplicarán supletoriamente a las leyes tributarias especiales.


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