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Resolución 726/19 ST: Homologación de Acuerdo. Empleados de Comercio. CCT 130/75. Contribución Seguro de Retiro La Estrella. Reducción de Alícuota.

Se declara homologado el Acuerdo y Acta ratificatoria suscriptos entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) por la parte sindical, y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), ratificado por la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), por la parte empleadora; de fecha 23/5/2019; mediante el cual se establecen las nuevas alícuotas aplicables al Seguro La Estrella para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, con vigencia desde el 1° de enero de 2019.


Sumario: Se declara homologado el Acuerdo y Acta ratificatoria suscriptos entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) por la parte sindical, y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), ratificado por la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), por la parte empleadora; de fecha 23/5/2019; mediante el cual se establecen las nuevas alícuotas aplicables al Seguro La Estrella para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, con vigencia desde el 1° de enero de 2019.


Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 4/6/2019

B.O.

Vigencia y Aplicación: 

Organismo Emisor: Secretaría de Trabajo del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación

Cantidad de Artículos: 5

Anexos: 1


Art. 1 – Declárase homologado el Acuerdo y Acta ratificatoria suscriptos entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) por la parte sindical, y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), ratificado por la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), por la parte empleadora, obrante en el orden N° 2, IF-2019- 50062730-APN-DNRYRT#MPYT, del EX-2019-50040656-APN-DGDMT#MPYT, conforme lo dispuesto en la ley 14250 (t.o. 2004).

Art. 2 – Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del Acuerdo obrante en el orden N° 2, IF- 2019-50062730-APN-DNRYRT#MPYT, del EX-2019-50040656-APN-DGDMT#MPYT.

Art. 3 – Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la reserva conjuntamente con el legajo del convenio colectivo de trabajo 130/1975.

Art. 4 – Hágase saber que en el supuesto de que este Ministerio de Producción y Trabajo no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del artículo 5 de la ley 14250 (t.o. 2004).

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Art. 5 – De forma.


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