Santiago Maratea comenzó la semana a organizar una colecta que planea juntar 22 millones de dólares para saldar deudas que posee el club de Avellaneda. Ahora, por los montos y movimientos pueden surgir preguntas, las cuales intentaremos responder en este artículo.
Aclaración: Dada la popularidad y la magnitud de la noticia, en la siguiente nota no se busca elaborar una opinión sobre si es correcto o no el accionar, solamente se intentará explicar algunos conceptos.
¿De qué se trata un fideicomiso?
Según el artículo 1666 del Código Civil y Comercial, establece que “Hay contrato de fideicomiso cuando una parte, llamada fiduciante, transmite o se compromete a transmitir la propiedad de bienes a otra persona denominada fiduciario, quien se obliga a ejercerla en beneficio de otra llamada beneficiario, que se designa en el contrato, y a transmitirla al cumplimiento de un plazo o condición al fideicomisario.”
En otras palabras, estamos frente a un contrato donde una persona cede a otra una cantidad cierta de bienes (en este caso, efectivo) para que los administre con el fin de que eso llegue al beneficiario y al finalizar el plazo quede en poder del fideicomisario.
Cabe destacar que hasta que se realice la transferencia, el dinero será propiedad del Fideicomiso ya que su patrimonio está separado del de sus miembros, según lo que expresa el art. 1685 del CCyC. Por ello, la estructura quedaría conformada de la siguiente forma:
- Fiduciante: Serían los aportantes bajo alguna forma jurídica, como podría ser una sociedad o un intermediario. Como el contrato no fue exhibido no hay manera de saber cómo ingresará ese dinero al fideicomiso. A la fecha de este artículo, el titular de la cuenta de Mercado Pago “Maratea Rojogogo Fideicomiso” cuyo CUIL (debería ser CUIT) es 30-71803474-0 no se encuentra en los registros de AFIP.
- Fiduciario: Santiago Maratea, será quien administre el dinero y realice la transferencia de dinero del fideicomiso al club.
- Fideicomisario y Beneficiario: En este caso serían la misma persona, ya que el dinero se administra en beneficio y para el Club Atlético Independiente.
¿Por qué se habla de un 5% de honorarios sobre lo recaudado?
Según el art. 1677 del CCyC: “Excepto estipulación en contrario, el fiduciario tiene derecho al reembolso de los gastos y a una retribución, ambos a cargo de quien o quienes se estipula en el contrato.”. Así, el fiduciario (Maratea) tiene derecho a recibir una retribución por sus tareas.
Sin embargo, es importante destacar que, en este caso particular, el porcentaje del 5% acordado entre las partes no surge de ninguna normativa, sino que fue convenido de forma privada.
¿Un fideicomiso paga impuestos? ¿Maratea también paga impuestos por su accionar?
El fideicomiso es una persona a fines impositivos. Es decir, que al igual que una sociedad anónima o una persona humana tiene un número de CUIT y debe pagar los impuestos.
Sin embargo, solamente le correspondería pagar Impuesto a las Ganancias si invierte el dinero en algún activo que le genere intereses como un plazo fijo o un fondo de inversión y en ciertas situaciones, también podría estar alcanzado por el mal llamado Impuesto al cheque de la ley 25.413.
Por el lado de Santiago Maratea, los beneficios que obtenga por ser administrador del dinero abonarán impuesto a las Ganancias ya que son de la cuarta categoría. A su vez, el fiduciario como administrador del fideicomiso es el responsable de las inscripciones, presentación y pago de los tributos.
¿Qué cotización de dólar tendrá el club sus deudas en el exterior?
El BCRA ya aclaró que todos los clubes compran y venden al dólar oficial. Por ejemplo, sabido es el caso de River en el cual los beneficios por la venta de Enzo Fernández al Chelsea ingresaron e ingresarán al tipo de cambio oficial, mientras no se modifique la normativa.
Para la situación de Independiente, estamos frente al camino inverso ya que debe usar divisas estadounidenses para enviar al exterior. Así, en la medida en que la deuda esté documentada y cumpla con las regulaciones, el club podrá acceder a la divisa formal.
¿Qué puede controlar AFIP?
El organismo recaudador buscará establecer el origen de los fondos de las personas que donen más de $200.000, para evitar maniobras de lavado de activos (https://blogdelcontador.com.ar/entidades-financieras-y-billeteras-virtuales-desde-que-montos-deben-informar-sobre-las-cuentas-de-sus-clientes/) y tiene potestad para controlar cómo funcionará el fideicomiso solicitando información bancaria y contractual, por ejemplo.
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