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Comunicación A 6818 BCRA: Cepo cambiario. Acceso al mercado de cambios para pagos de importaciones. Condiciones y requisitos.

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La Comunicación A 6818 BCRA dispone las condiciones y requisitos para el acceso al mercado de cambios para los pagos de importaciones y otras compras de bienes en el exterior a partir del 1 de noviembre de 2019.


Sumario: La Comunicación A 6818 BCRA dispone las condiciones y requisitos para el acceso al mercado de cambios para los pagos de importaciones y otras compras de bienes en el exterior a partir del 1 de noviembre de 2019.


Comunicación A 6818 BCRA

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 28/10/2019

B.O. 1/11/2019

Vigencia y Aplicación: desde el 1/11/2019

Organismo Emisor: Banco Central de la República Argentina

Cantidad de Artículos: 

Anexos: No


A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CASAS DE CAMBIO:

Ref.: Circular
CAMEX 1 – 819

Exterior y Cambios. Normativa sobre pagos de importaciones y otras compras de bienes en el exterior.


Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

1. Establecer que el acceso al mercado de cambios para los pagos de importaciones y otras compras de bienes en el exterior quedarán regulados a partir del 1 de noviembre de 2019 por las disposiciones que se dan a conocer en el anexo de la presente.

Saludamos a Uds. atentamente.


Anexos

Anexo 1 – Normativa sobre pagos de importaciones y otras compras de bienes en el exterior


Texto según Comunicación A 6818 BCRA publicado en Boletín Oficial del 1/11/2019

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