La Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y las cámaras empresarias del sector correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 545/08 con vigencia desde el 1 de Julio de 2017 hasta el 30 de Junio de 2018.
La mencionada homologación fue dispuesta por la Resolución N° 81/17 de la SSRL de fecha 07/08/2017.
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a) Incremento Salarial: se estableció un aumento del 20% respecto a los salarios básicos al 30/06/2017 a abonarse en dos tramos no acumulativos:
- 10% remunerativo a pagarse desde el 1 de Julio 2017,
- 10 % remunerativo a pagarse desde el 1 de Octubre de 2017.
b) Suma No Remunerativa Extraordinaria: se acordó un pago unico, no remunerativo, extraordinario y por unica vez del monto resultante de calcular el DIEZ POR CIENTO (10%) sobre total de la remuneracion bruta percibida por el trabajador en los meses de Abril, Mayo, Junio 2017 y del importe que resulte de la parte proporcional del SAC de Junio de 2017. El importe resultante se debera liquidar bajo la denominacion de «SUMA EXPEDIENTE MT 2017» y debera abonarse conjuntamente con el salario correspondiente a la segunda quincena del mes de Agosto del 2017.
c) Cláusula Gatillo: en el supuesto que la evolucion del Nivel General del indice de precios al consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadisticas y Censos (INDEC), por el periodo comprendido entre el 01 de Abril del 2017 y el 31 de Marzo del 2018 experimentara un incremento superior al 20% pactado, las empresas deberan compensar la diferencia a partir de la liquidacion de salaries del mes siguiente a la publicacion del indice que genera la diferencia.
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ACUERDO
ESCALA SALARIAL
Según el Acuerdo firmado, las partes presentaran en conjunto las planillas salariales actualizadas que tendran vigencia a partir del 01 de Julio de 2017 en el plazo de TREINTA (30) dias de la firma del presente.
HOMOLOGACIÓN
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