Decretan asueto en la administración pública el 23 y 30 de diciembre

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«Con el fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos», indica el Decreto.


Decreto 820/2022 asueto en la administración pública el 23 y 30 de diciembre

El Gobierno Nacional anunció, a través del Decreto 820/2022 publicado en el Boletín Oficial, que el 23 y 30 de diciembre habrá asueto en la administración pública.

Esta medida fue tomada por que las fiestas de Navidad y Año Nuevo caen sábado y domingo por lo cual se les otorgará un día más para que los trabajadores puedan tener fin de semana largo, señala la agencia Noticias Argentinas.

«Con el fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos», indican.

«El Presidente de la Nación decreta otorgar asueto al personal de la Administración Pública los días 23 y 30 de diciembre de 2022», resaltan en el documento firmado por Alberto Fernández, Luis Manzur y Eduardo Enrique de Pedro.

Asimismo, notificaron que se instruye a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales.

Es importante destacar que la misma no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras.

Decreto 820/2022

DCTO-2022-820-APN-PTE – Otórgase asueto al personal de la Administración Pública Nacional.

Ciudad de Buenos Aires, 10/12/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-131789848-APN-DGDYL#MI, la Ley N° 27.399, y

CONSIDERANDO:

Que la citada Ley N° 27.399 les otorga carácter de feriados nacionales inamovibles a los días 25 de diciembre y 1° de enero de cada año.

Que las festividades de la NAVIDAD y del AÑO NUEVO constituyen, tradicionalmente, motivo de festejos para todas las familias que habitan en nuestro territorio.

Que, asimismo, y con el fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos.

Que, con ese objeto, se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 23 y 30 de diciembre del corriente año.

Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL los días 23 y 30 de diciembre de 2022.

ARTÍCULO 2º.- Instrúyese a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales.

ARTÍCULO 3º.- Aclárase que la presente medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ – Juan Luis Manzur – Eduardo Enrique de Pedro

e. 12/12/2022 N° 101069/22 v. 12/12/2022

Fecha de publicación 12/12/2022

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