– Hijo, Hijo con discapacidad y Prenatal que corresponda abonar a los trabajadores en relación de dependencia y a los titulares de derecho de la Ley de Riesgos del Trabajo, del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y de la Prestación por Desempleo.
– Asignación Universal por Hijo para Protección Social y de la Asignación por Embarazo para Protección Social.
Asimismo, se establece un suplemento excepcional y por única vez a los titulares de las prestaciones previsionales del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), a que se refiere la Ley N° 26.425, y a los titulares de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur y Pensiones No Contributivas, equivalente a PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CATORCE CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 5.514,26.-) el cual será abonado en dos cuotas mensuales iguales y consecutivas.