Decreto 1801/15. Prorroga Plazo del Régimen de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral (Ley 26940)

Se prorroga desde el 1 de agosto de 2015 y hasta el 31 de julio de 2016 el plazo para adherir al beneficio regulado por el Capítulo II de la Ley 26940.


Se prorroga desde el 1 de agosto de 2015 y hasta el 31 de julio de 2016 el plazo para adherir al beneficio regulado por el Capítulo II de la Ley 26940.

Recordamos que el beneficio consiste, para los empleadores con una dotación de personal de hasta quince (15) trabajadores, en que, durante los primeros doce (12) meses de la relación laboral, no se ingresarán las citadas contribuciones y, por los segundos doce (12) meses, se pagará el veinticinco por ciento (25%) de las mismas. Para los empleadores que tengan entre dieciséis (16) y ochenta (80) trabajadores, el beneficio consistirá en que durante los primeros veinticuatro (24) meses de la relación laboral se ingresará el cincuenta por ciento (50%) de las citadas contribuciones.

El plazo original había sido establecido por la Resolución General 3683 de la AFIP y era de doce meses contados a partir del período devengado agosto 2014.

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