Se oficializó el refuerzo de ingreso previsional para jubilados y pensionados Dto. 282/2023

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Mediante Decreto 282/2023 se oficializó un refuerzo de ingreso previsional por un monto máximo de $15.000, $17.000 y $20.000 que se abonarán en los meses de junio, julio y agosto de 2023, respectivamente.


El Gobierno oficializó un refuerzo de ingreso previsional por un monto máximo de $15.000, $17.000 y $20.000 que se abonarán en los meses de junio, julio y agosto de 2023, respectivamente.

Así se informó este lunes a través del Boletín Oficial en el cual se detalló que el refuerzo de ingreso previsional será liquidado por titular, en las condiciones establecidas en el decreto 282/2023, a:

-Titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

-Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.

-Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSeS.

El monto del refuerzo de ingreso previsional de $15.000 correspondiente al mes de junio de 2023 será equivalente a:

-$15.000 para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $70.938,24.

-$5000 para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $80.938,24 y menor o igual a $141.876,48.

Además, se estableció que para el mes junio de 2023, para los titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $70.938,24 y menor o igual a $80.938,24, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $85.938,24.

En tanto, para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $141.876,48 y hasta $146.876,48, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma mencionada en segundo término.

El monto del refuerzo de ingreso previsional de $17.000 correspondiente al mes de julio de 2023 será equivalente a:

-$17.000 para los titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $70.938,24.

-$5000 para los titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $82.938,24 y menor o igual a $141.876,48.

Para el mes julio de 2023, para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $70.938,24 y menor o igual a $82.938,24, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $87.938,24.

También para julio quienes, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $141.876,48 y hasta ($146.876,48, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma mencionada en segundo término.

En tanto, se dispuso que el monto del refuerzo de ingreso previsional de $20.000 correspondiente al mes de agosto de 2023 será equivalente a:

-$20.000 para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $70.938,24.

-$5000 para los titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $85.938,24 y menor o igual a $141.876,48.

En el mes agosto de 2023, aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $70.938,24 y menor o igual a $85.938,24, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $90.938,24.

Para el mismo mes, para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $141.876,48 y hasta $146.876,48, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma mencionada en segundo término.

Fuente: Karina Di Vitto (NA – Buenos Aires, Argentina)

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