Decreto 544/20: Suspensión del cierre de cuentas bancarias y la obligación de requerir libre deuda de aportes y contribuciones. Prórroga hasta el 31/12/2020.
Decreto 544/20: Suspensión del cierre de cuentas bancarias y la obligación de requerir libre deuda de aportes y contribuciones. Prórroga hasta el 31/12/2020.
Decreto 544/20
Suspensión del cierre de cuentas bancarias
El Decreto 544/20 prorroga la suspensión del cierre de cuentas bancarias y la obligación de requerir libre deuda de aportes y contribuciones a la seguridad social hasta el 31/12/2020.
SUMARIO
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive:
- la obligación de proceder al cierre de cuentas bancarias y a disponer la inhabilitación establecidas en el artículo 1° de la Ley N° 25.730, como así también la aplicación de las multas previstas en dicha norma.
- la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley N° 14.499, respecto de que las instituciones crediticias requieran a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones, o que, habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día en el cumplimiento de la misma.
Decreto 544/20, BCRA, Suspensión cierre de cuentas bancarias