A través de la presente, se aprueba la Reglamentación de la Ley de Mercado de Capitales Nº 26.831.
Al respecto, se establece que la Comisión Nacional de Valores será la Autoridad de Aplicación del presente decreto, quedando facultada para dictar sus normas complementarias y aclaratorias, que resulten necesarias para la implementación de sus disposiciones.