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Mediante la Disposición 2857/2025, ANMAT dejó de intervenir en trámites de importación de productos médicos sin prescripción médica adquiridos por personas físicas para uso estrictamente personal, simplificando así el acceso directo a dichos artículos.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó este lunes en el Boletín Oficial la Disposición 2857/2025, que establece un canal simplificado y directo para que las personas físicas puedan importar productos médicos sin prescripción, exclusivamente con fines personales.
La norma aclara que esta simplificación aplica únicamente a aquellos productos médicos que pueden ser utilizados directamente por usuarios o pacientes sin intervención médica previa. Se excluyen expresamente las adquisiciones con fines comerciales o de distribución gratuita.
ANMAT no intervendrá en estos trámites, aunque elaborará y actualizará regularmente una guía orientativa sobre qué productos califican bajo esta categoría, disponible en su web oficial.
Los usuarios asumirán la plena responsabilidad sobre la compra y uso de estos productos médicos adquiridos bajo este nuevo régimen simplificado.
La medida entró en vigencia a partir de su publicación oficial este lunes, con el objetivo de facilitar el acceso personal a tecnología médica de uso cotidiano, promoviendo eficiencia y agilidad administrativa.