Decreto (Tucuman) 1988-3/2020

Impuesto a los Automotores y Rodados. Vehículos con destino exclusivo al transporte automotor de cargas, acoplados y semirremolques. Adecuación del importe previsto en el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley Impositiva. La entrada Decreto (Tucuman) 1988-3/2020 se publicó primero en Blog del Contador.


Impuesto a los Automotores y Rodados. Vehículos con destino exclusivo al transporte automotor de cargas, acoplados y semirremolques. Adecuación del importe previsto en el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley Impositiva.

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