Como es sabido y según el Acuerdo vigente desde el mes de Octubre de 2016, desde este mes se debe abonar un aumento del 7% respecto a las escalas del mes de Marzo de 2016 además del 20% no remunerativo que ya se venía pagando desde Octubre.
El mencionado incremento, a diferencia del 20% mencionado, es remunerativo. Aquí puede descargar las escalas correspondientes.
El ejemplo que presentamos a continuación se trata de un empleado Vendedor A que trabaja a Jornada Completa con 10 años de antigüedad y afiliado tanto a OSECAC como al Sindicato.
Por último, en este post se puede descargar un archivo excel para calcular los sueldos de los empleados de comercio de acuerdo a los parámetros que desee elegir correspondientes a los meses de enero a marzo de 2017, incluyendo la posibilidad de calcular el monto a pagar por vacaciones.
cuales son la totalidad de iten que se incorporan en una liquidacion de licencia a un empl. con tres años de antiguedad.