El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA) informa que en reunión de fecha 21 de marzo el Consejo Directivo de dicha Institución aprobó la Res. CD N° 24/2018, que establece el tratamiento contable aplicable para la registración optativa y por única vez del “Revalúo Contable”, previsto en el Capítulo 2 del Título X de la Ley 27.430 (artículos 296 a 299).
El objetivo de esta Resolución, de aplicación en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es permitir que un ente le asigne a determinados activos alcanzados un importe sucedáneo de su costo. Este importe se considerará, en lo sucesivo, su costo atribuido, el cual se determinará de acuerdo con lo establecido en la sección 2.3 del Anexo de esta Resolución.
Esta Resolución no es aplicable para los entes que utilicen las normas contenidas en el Anexo I de la Resolución Técnica N° 26, “Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) y de la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (“NIIF para las PYMES”)”.