FAECYS comunicó a través de su sitio web que se acordó trasladar el Día del Empleado de Comercio 2019 al lunes 23 de septiembre.
En el comunicado se expresa que en virtud de la decisión tomada por el Secretariado Nacional de esta Federación se ha acordado con las Cámaras Empresarias signatarias del CCT N° 130/75 el traslado del jueves 26 de septiembre, fecha que se celebra el Día del Empleado de Comercio, al lunes 23 de septiembre.
El acuerdo fue firmado el día de ayer martes 3 de septiembre por la parte gremial y las cámaras empresarias CAME, CAC y UDECA.
El mismo establece que de acuerdo a la Ley 26.541 se ha instituido el 26 de septiembre como día del empleado de comercio y que atento a ello las partes firmantes acuerdan trasladar la conmemoración del mencionado día para el corriente año 2019 al día 23 de septiembre a los fines que los empleados de comercio puedan celebrar en dicha fecha su día, con todos los alcances de la mencionada ley.
En tal sentido, recordamos que de acuerdo al artículo 2° del citado cuerpo legal en dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
Por tal motivo, en caso de prestar tareas en esa fecha se deberá abonar el 100% adicional a la remuneración del día y en caso de no trabajarlo se deberá abonar el plus por feriado no trabajado.
En el mismo además se ratifica que en materia de remuneración se debe dar cumplimiento a las normas legales vigentes de naturaleza laboral (LCT y concordantes) y con los alcances de la Ley 26.541 estableciéndose que el lunes en el que se conmemorará el día del empleado de comercio no se podrá otorgar como franco compensatorio de descanso semanal.