El Ministerio de Economía publicó la Resolución 49/2024 que deroga varios artículos de resoluciones anteriores con el objetivo de agilizar y reducir los trámites relacionados con la comercialización de productos textiles, prendas y calzados.
El Ministerio de Economía ha anunciado una importante medida de simplificación administrativa mediante la Resolución 49/2024, publicada este miércoles 28 de febrero en el Boletín Oficial. La misma deroga varios artículos de resoluciones anteriores con el objetivo de agilizar y reducir los trámites relacionados con la comercialización de productos textiles, prendas y calzados.
En primer lugar, se derogan los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la resolución 26 del 19 de enero de 1996 de la ex Secretaría de Comercio e Inversiones del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos. Estos artículos regulaban la aprobación de formularios de Declaración Jurada de Composición de Productos (DJCP) y establecían procedimientos para su presentación y validez.
Asimismo, se sustituyen y derogan varios artículos de la resolución 850/96 del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y sus modificatorias. Entre ellos, se destaca la sustitución del artículo 5°, que ahora establece únicamente que las etiquetas o leyendas deben presentar la información en idioma castellano dejando de lado la obligación de indicar el número de la DJCP, y la derogación del artículo 7°, que aprobaba también la obligación de presentar un formulario de Declaración Jurada de Composición de Productos.
Otras disposiciones derogadas incluyen la resolución 404 del 5 de diciembre de 2016 de la Secretaría de Comercio del ex Ministerio de Producción y sus modificatorias, que obligaba a fabricantes e importadores de productos textiles y calzados a presentar una Declaración Jurada de Composición de Productos como requisito previo a su comercialización.
La medida, fundamentada en la necesidad de simplificar y reducir trámites administrativos para promover una mayor fluidez en la operatoria comercial, se alinea con los principios de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y busca facilitar el desarrollo y la competitividad del sector.
La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y se aclara que las presentaciones realizadas ante dependencias de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía, en virtud de la resolución 404/16 de la citada Secretaría y sus modificatorias, quedarán sin efecto, correspondiendo –en caso de existir un expediente electrónico en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)- el envío a “Guarda Temporal” para su posterior archivo definitivo por tratarse de cuestiones abstractas