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El Ministerio de Desarrollo Productivo actualizó las categorías para ser MiPyME

Límites de categorización PyMEs a partir del 1 de abril

Se elevaron los límites de facturación anual de todos los sectores para que las MiPyMEs puedan obtener su certificado y acceder a líneas de financiamiento, beneficios, y programas de asistencia.


Se elevaron los límites de facturación anual de todos los sectores para que las MiPyMEs puedan obtener su certificado y acceder a líneas de financiamiento, beneficios, y programas de asistencia.

pymesEl Ministerio de Desarrollo Productivo anunció la nueva clasificación para determinar qué empresas se encuadran dentro de la categoría MiPyME. Los nuevos topes entraron en vigencia desde ayer.

“Actualizamos los topes de facturación para registrarse como MiPyME teniendo en cuenta la situación específica de cada sector. Además, contamos con el asesoramiento de la CEPAL para su elaboración”, sostuvo el secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores, Guillermo Merediz.

Se elevaron los límites de facturación anual de todos los sectores para que las MiPyMEs puedan obtener su certificado y acceder a líneas de financiamiento, beneficios, y programas de asistencia.

Actualmente hay en el Registro MiPyME 1.357.652 empresas con certificado vigente, de las cuales se sumaron 765.249 desde el 10 de diciembre del año pasado. Al registro pueden inscribirse monotributistas, profesionales, comerciantes, las sociedades y las empresas pequeñas y medianas que cumplan con los requisitos.

El certificado que se obtiene en forma online y en pocos pasos, permite acceder a las distintas líneas de financiamiento que puso en marcha el Gobierno (créditos al 24 por ciento, PyMEs Plus y la línea para cooperativas de trabajo, entre otras), el Plan de Moratoria 2020, además de otros beneficios y programas de asistencia.

Además, desde este mes comenzó la reinscripción automática al registro. Podrán acceder a este beneficio aquellas MiPyMEs que cuenten con certificado vigente y no hayan presentando un nuevo formulario 1272 en la página de AFIP. Para acceder, deberán tener presentadas las declaraciones juradas de los tres últimos ejercicios de IVA, Cargas Sociales o Monotributo, según corresponda.

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Fuente: Prensa Ministerio de Desarrollo Productivo

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