La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un nuevo servicio destinado a los empleadores adheridos al Sistema Previsional Argentino (SIPA) mediante el cual podrán obtener información de inconsistencias y/o errores en sus declaraciones juradas de aportes y contribuciones (formulario 931).
La medida se oficializó con la publicación en el B.O. del día de ayer de la Resolución General N° 4160.
La AFIP explica que en virtud de errores o inconsistencias detectadas entre los datos de las declaraciones juradas presentadas y los pagos realizados, se generan fondos pendientes de distribución, cuyas causas y posibles soluciones son informadas personalmente en las dependencias del Organismo y que el avance tecnológico y la experiencia recabada, posibilitan que el empleador, sin necesidad de concurrir a las dependencias, obtenga la referida información mediante una nueva herramienta informática que contribuya a una ágil y correcta distribución de los ingresos, lo cual permitirá que el personal en relación de dependencia usufructúe adecuadamente las prestaciones de la seguridad social.
El nuevo servicio creado por el fisco se denomina «Mis Alertas» y fin de utilizar dicho servicio, el empleador deberá acceder al sitio “web” http://www.afip.gob.ar con “Clave Fiscal” habilitada con Nivel de Seguridad 2 como mínimo. El servicio ya se encuentra asignado por defecto con lo cual no es necesario adherir el mismo desde el Administrador de Relaciones.
En cuanto a la información que los empleadores podrán obtener de este flamante servicio, la norma enumera:
1) Declaraciones juradas de la seguridad social presentadas con errores (por ejemplo: con Código Único de Identificación Laboral (CUIL) inexistente o sin nómina).
2) Pagos de aportes a la seguridad social pendientes de distribución a los distintos subsistemas de la seguridad social.
3) Inconsistencias en la registración de contratos con Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
4) Archivos históricos referidos a las consultas realizadas en el servicio “Mis Alertas”.
Se establece, además, que el empleador que posea errores o inconsistencias informadas por el servicio “Mis Alertas”, previamente a realizar las adecuaciones y/o correcciones que pudieran corresponder, deberá corroborar la información detallada en el mismo con la obrante en el sistema “Cuentas Tributarias”. Si la información proporcionada por el servicio “Mis Alertas” tuviera su origen en un error de imputación, el responsable deberá realizar el procedimiento de «Reimputación de pagos Contribuyente» integrante del mencionado sistema «Cuentas Tributarias».