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Empleadores Agrarios Podrán Pagar sus Deudas con el Renatea Hasta en 10 Cuotas

El Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA) puso en vigencia un nuevo régimen de facilidades para el pago de deuda que los empleadores agrarios, comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 25.191, mantienen con el mencionado organismo.


El Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA) puso en vigencia un nuevo régimen de facilidades para el pago de deuda que los empleadores agrarios, comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 25.191, mantienen con el mencionado organismo.

A través de la Resolución RENATEA N° 171/14, publicada hoy en el Boletin Oficial, se aprueba el mencionado régimen de facilidades el cual resultará aplicable para la cancelación de aportes, contribuciones, multas y sus respectivos intereses y el período de vigencia para poder adherir al mismo va desde el 1 de mayo y hasta el 31 de agosto de 2014.

Los planes de facilidades de pago se instrumentarán a través de la suscripción de un convenio por el empleador respectivo y el RENATEA y deberán reunir las siguientes condiciones:

– Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.

– El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a CIENTO CINCUENTA PESOS ($ 150.-).

– La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de DIEZ (10).

– La tasa de interés mensual de financiamiento será del DOS COMA CINCO PORCIENTO (2,5%).

– Las cuotas vencerán el día DIECISEIS (16) de cada mes, a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se suscriba el convenio.

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