Recordamos que el mencionado artículo plantea que (el resaltado y subrayado es mío): «Tendrán obligación de denunciar los delitos de acción pública:…
c. los escribanos y contadores en los casos de fraude, evasión impositiva, lavado de activos, trata y explotación de personas;»
De acuerdo a la acción planteada, «la norma cuestionada impone cargas a los contadores que no son impuestas a quienes se encuentran en la misma situación (ciudadanía) con la consecuente e inevitable ruptura de derechos y violación de expresas garantías.»
Asimismo, plantea como fundamento de su pedido que «se viola el mandato constitucional que protege y garantiza el derecho del trabajo y, en consecuencia, el derecho a ejercer la profesión, como así también se vulnera la garantía de la igualdad ante la ley, por cuanto la norma en forma arbtitraria impone a los contadores una carga y un ejercicio de actividad policial, que no le exige al resto de los ciudadanos.»