A partir del 30 de abril de 2023, el valor del pago a cuenta de las contribuciones patronales correspondiente al régimen de pago de las operaciones de faena de las especies bovina y bubalina será de $ 323.
Los empleadores -personas humanas o jurídicas o cualquier otro ente colectivo- que sean propietarios, locatarios, arrendatarios, concesionarios o cualquier otro titular bajo cuyo nombre y responsabilidad jurídico-económica funcionen los establecimientos de faena de las especies bovina y/o bubalina están obligados al régimen de pago a cuenta de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social.
Están excluidos del ingreso del pago a cuenta los siguientes empleadores:
- El Estado Nacional, los estados provinciales y municipales y el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Las cooperativas de trabajo.
Determinación del pago a cuenta
El monto del pago a cuenta se calcula multiplicando el promedio mensual de animales propios o de terceros pertenecientes a las especies bovina y/o bubalina, faenados en la totalidad de las plantas explotadas -aunque no se produzca la venta posterior de la carne por cualquier causa- durante el trimestre anterior al mes en que corresponda el ingreso del pago a cuenta, por el importe de $ 323.
Si en alguno de los meses del trimestre no hubo faena, se tomará el promedio de los meses de dicho trimestre en que hubo efectiva faena. No corresponde ingresar el pago a cuenta cuando no se registre faena de animales propios o de terceros en ninguno de los tres meses del trimestre anterior al mes en que corresponda el ingreso.
Pagos a cuenta del Impuesto al Valor Agregado
Las tablas para bovinos, bubalinos y porcinos correspondientes a los pagos a cuenta generados, retenciones y percepciones practicadas fueron actualizadas con los valores vigentes desde el 1/5/2023.
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