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Fondos Comunes de Inversión y CEDEARS: nuevas alternativas de inversión

Mediante la RG N° 1030, el Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó la normativa aplicable al régimen especial de Fondos Comunes de Inversión (FCI) Abiertos destinados a Inversores Calificados.


Mediante la RG N° 1030, el Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó la normativa aplicable al régimen especial de Fondos Comunes de Inversión (FCI) Abiertos destinados a Inversores Calificados. La iniciativa sigue la tendencia de los mercados internacionales y tiene como objetivo incrementar la oferta de alternativas de FCI.

El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, destacó que “habiendo transcurrido 6 años de la sanción de la ley N° 27.440 que salió a consulta pública a través de la RG N° 765, es un placer anunciar nuevas opciones de inversión que estaban previstas en esa ley tan innovadora”.

La reglamentación habilita tres alternativas, con inversiones en:

1) ETF (Exchange Traded Fund) que replique en forma pasiva índices que cuenten con amplia difusión referidos a renta variable, activos virtuales y/o materias primas (commodities);

2) en activos externos sin aplicación del límite del 25% ; y

3) en activos locales, flexibilizando límites de diversificación .

Las últimas dos categorías estarán disponibles exclusivamente para inversores calificados y las dos primeras solo podrán ser suscriptas en moneda extranjera depositada en el exterior (cable).

Asimismo, se habilita la creación de CEDEARs de ETF que cumplan con los requisitos mencionados previamente en el apartado 1).

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