A través de la presente se establece que, a partir del 01 de junio del año 2013, para todo tramite de Rúbrica de Documentación Laboral, se admitirán como únicos medios de pago, la Transferencia Electrónica Bancaria y el Pago por Ventanilla Bancaria, del Banco Ciudad de Buenos Aires, de titularidad del «Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires», a la Cuenta Corriente Nº 210216/2, Sucursal Nº 111, CUIT Nº: 34-99903208-9, CBU: 029000010000002102168, no admitiéndose el pago por cajero automático o terminales de autoservicio.
G.C.B.A. Resolución S.S.T. Nº 995/13. Rúbrica de Libros y Documentación Laboral. Únicos Medios de Pago Admitidos.
A través de la presente se establece que, a partir del 01 de junio del año 2013, para todo tramite de Rúbrica de Documentación Laboral, se admitirán como únicos medios de pago, la Transferencia Electrónica Bancaria y el Pago por Ventanilla Bancaria, del Banco Ciudad de Buenos Aires, de titularidad del «Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires», a la Cuenta Corriente Nº 210216/2, Sucursal Nº 111, CUIT Nº: 34-99903208-9, CBU: 029000010000002102168, no admitiéndose el pago por cajero automático o terminales de autoservicio.