Blog del Contador Planes de Suscripción


Ganancias RG 3770. ¿Como Quedan las Tablas de Deducciones Personales para el Período Fiscal 2015?

Con la entrada en vigencia de la RG 3770 quedaron definidas nada mas y nada menos que ocho categorías que deberán tener en cuenta los encargados de liquidar sueldos a la hora de practicar las retenciones correspondientes al impuesto a las ganancias para empleados en relación de dependencia.


Con la entrada en vigencia de la RG 3770 quedaron definidas nada mas y nada menos que ocho categorías que deberán tener en cuenta los encargados de liquidar sueldos a la hora de practicar las retenciones correspondientes al impuesto a las ganancias para empleados en relación de dependencia.

ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los valores de las deducciones personales a computar para las retenciones del impuesto a las ganancias de los trabajadores en relación de dependencia para el período fiscal 2015.

A través de la Resolución General Nº 3770 se incrementan en forma proporcional entre un 5% y un 25% los montos de deducciones personales para los trabajadores que entre enero y agosto de 2013 obtuvieron como mayor remuneración mensual mayor a $ 15.000.- y no superior a $ 25.000.-

Por otra parte, se establece que aquellos trabajadores que en el período mencionado anteriormente no hayan obtenido ingresos o que los mismos hayan superado los $ 25.000.- mensuales, deberán computar la mayor remuneración devengada a partir de enero de 2015, siempre que la misma no supere la suma de $ 25.000.-, para determinar en que categoría de deducciones queda incluido.

Asimismo, se mantiene la exención del impuesto para aquellos trabajadores que entre enero y agosto de 2013 hayan tenido como mayor remuneración la suma de $ 15.000.- o menos y ahora además se agrega el caso de aquellos trabajadores que en el período mencionado no hayan obtenido ingresos o que los mismos hayan superado los $ 25.000.- mensuales y que a partir de enero de 2015 hayan obtenido ingresos iguales o inferiores a $ 15.000.-

Dicha exención, recordamos, se aplica mediante el incremento de la deducción especial hasta el monto que determine que el impuesto determinado sea igual a cero.

Para comprender un poco mejor todo este nuevo mamarracho de la AFIP realizamos una especie de guía paso a paso la cual deberá tenerse en cuenta a la hora de analizar cada caso particular para efectuar las retenciones correspondientes:

Blog del Contador Planes de Suscripción


Scroll al inicio
×