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Ganancias y Bienes Personales. Percepción 35% RG 3450. AFIP Aclara que No Corresponde para Operaciones Con o En las Islas Malvinas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) finalmente aclaró que la percepción del 35% que se debe abonar cuando se adquieren paquetes turísticos al exterior o compra de moneda extranjera de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General N° 3450 no será de aplicación cuando se trate de operaciones efectuadas en o con destino las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) finalmente aclaró que la percepción del 35% que se debe abonar cuando se adquieren paquetes turísticos al exterior o compra de moneda extranjera de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General N° 3450 no será de aplicación cuando se trate de operaciones efectuadas en o con destino las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur.

A través de la Resolución General N° 3609, publicada hoy en el B.O., el organismo aclaró dicha situación manifestando que las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, integran el territorio nacional de la República Argentina, y por ende el régimen de adelanto de impuesto, creado por la resolución general aludida, no es de aplicación a la compra de pasajes o servicios turísticos que las tengan como destino ni a las operaciones que allí se efectúen.

Asimismo, se aclara que las compras de moneda a utilizarse en el territorio de Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, no se encuentran comprendidas entre las operaciones alcanzadas por la Resolución General 3450.

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