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Ganancias y Bienes Personales: se oficializó la eliminación del SIPER y todos podrán pagar en hasta tres cuotas

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la eliminación del SIPER para considerar la cantidad de cuotas máxima y el pago a cuenta del mini plan de Ganancias y Bienes Personales.


RG 4758 AFIP

Ganancias y Bienes Personales: se oficializó la eliminación del SIPER y todos podrán pagar en hasta tres cuotas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la eliminación del SIPER para considerar la cantidad de cuotas máxima y el pago a cuenta del mini plan de Ganancias y Bienes Personales.

En efecto, a través de la RG 4758 publicada hoy en el Boletín Oficial la AFIP confirmó los beneficios que habían sido anunciados durante el fin de semana.

Puntualmente, se establece con carácter de excepción y hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive, que las obligaciones de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019, de las personas humanas y sucesiones indivisas se podrán regularizar en los términos de la Resolución General N° 4.057, en hasta tres (3) cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”.

Es decir:

  ANTES AHORA
SIPER % PAGO A CUENTA CUOTAS TASA INTERES % PAGO A CUENTA CUOTAS TASA INTERES
A 25,00% 3 2,54% 25% 3 2,54%
B 35,00% 2 2,54% 25% 3 2,54%
C 50,00% 1 2,54% 25% 3 2,54%
D 50,00% 1 2,54% 25% 3 2,54%
E     25% 3 2,54%

Sociedades

Recordamos que la RG 4714 había establecido con carácter de excepción y hasta el 30 de junio de 2020, que las obligaciones del impuesto a las ganancias de las personas jurídicas, se podrán regularizar en los términos de la Resolución General N° 4.057, su modificatoria y sus complementarias, en hasta tres (3) cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”.

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La nueva RG 4759 extiende el beneficio mencionada en el párrafo anterior del 30 de junio al 31 de agosto de 2020.

Plan ganancias y bienes personales, AFIP, RG 4758

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