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Gobierno convoca al Consejo Nacional del Empleo para tratar la suba del Salario Mínimo Vital y Móvil

Convocan para el 18 de agosto a tratar una nueva suba del salario mínimo

El Ministerio de Capital Humano reúne al Consejo Nacional para abordar temas cruciales sobre empleo, salario y prestaciones.


En una acción que responde a las demandas laborales y en cumplimiento de la normativa constitucional y legal, el Ministerio de Capital Humano ha convocado a una sesión plenaria ordinaria del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La reunión está programada para el día 15 de febrero de 2024, a las 15:00 hs, en la sede de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, ubicada en Avda. Leandro N. Alem Nº 650, piso 18, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El orden del día establece dos puntos fundamentales a tratar. En primer lugar, se designarán dos consejeros de cada sector para la suscripción del acta, y en segundo lugar, se considerarán los temas elevados al plenario por la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo. Cabe destacar que, conforme a la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias, se ha dispuesto una segunda sesión para el mismo día a las 16:30 hs.

Asimismo, se ha convocado a los integrantes de la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo a reunirse el mismo día a partir de las 10:00 hs en la misma sede. La comisión abordará la determinación del salario mínimo, vital y móvil, así como los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo, temas de suma importancia para el bienestar y la protección de los trabajadores.

En otro aspecto relevante, el Dr. Omar Nills YASIN ha sido designado como Presidente Alterno del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Recordamos que la última actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil se estableció mediante Resolución (CNEPSMVM) 15/2023 y resultó aplicable a partir de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, de acuerdo al siguiente detalle.

– A partir del 1 de Octubre de 2023, en $132.000 mensuales y $ 660,00 por hora

– A partir del 1 de Noviembre de 2023, en $146.000 por mes y $730,00 por hora

– A partir del 1 de diciembre de 2023, en $156.000 y $780 por hora.

Además, la misma normativa estableció que la Prestación por Desempleo, para los trabajadores convencionados o no convencionados, será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo y que en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.

 

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