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Impuestos
¿Hasta Cuando se Puede Adherir al Plan de Pago de la RG 4057 Para Cancelar en Cuotas el Saldo de Ganancias y Bienes Personales 2016?
Segun la norma, la cancelación en cuotas se puede solicitar desde el primer día del mes de vencimiento de la obligación de pago hasta el último día del mes siguiente.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 27/06/2017 18:52 Hs.
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La Resolución General 4057 de AFIP estableció un nuevo régimen de Facilidades de pago que permite a los contribuyentes abonar el saldo de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas de acuerdo a su categoría en SIPER. Segun la norma, la cancelación en cuotas se puede solicitar desde el primer día del mes de vencimiento de la obligación de pago hasta el último día del mes siguiente. Como sabemos, el plazo para el pago de dichas obligaciones venció el 23/06 para los CUIT 0 a 3, el 26/06 para los CUIT 4 a 6 y mañana 28/06 vence el plazo para las CUIT 7 a 9. Por lo tanto, el plazo para Adherir al Plan de Facilidades de la RG 4057 vencerá el próximo 31 de Julio.
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