Mediante la Resolución General 3875, la AFIP aprobó la Versión 13 del programa aplicativo Ganancias Personas Jurídicas el cual permite a las sociedades liquidar el impuesto por rubro de bienes situados en el país y/o en el exterior con el fin de establecer el impuesto determinado.
Si bien el programa ya se encontraba disponible para ser descargado desde la web del fisco desde hace una semana aproximadamente, recién en el día de hoy se hizo oficial con la correspondiente RG.
En cuanto a la obligación de utilización del mismo, la resolución aclara que que «tratándose de declaraciones juradas correspondientes a ejercicios comerciales cerrados hasta el 31 de diciembre de 2015, las mismas podrán confeccionarse utilizando la versión 12 del programa aplicativo, siempre que su presentación se realice hasta el día 31 de mayo de 2016″.