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Laboral y Previsión Social
Hielo (Rama Mercados): Acuerdo Cláusula Gatillo 2017. Suma No Remunerativa de $ 3.000.- en Dos Tramos. (CCT N° 232/94)
Se estableció el pago de una suma no remunerativa de $ 3.000.- a abonarse en dos tramos.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 21/05/2018 13:47 Hs.
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El Sindicato de Trabajadores de la Industria del Hielo y Mercados Particulares de la República Argentina (STIHMPRA) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con el sector empresario de la rama Mercados correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 232/94 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Abril de 2018 y hasta el 31 de Mayo de 2018.

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a) Suma No Remunerativa: se estableció el pago de una suma no remunerativa de $ 3.000.- a abonarse en dos tramos de la siguiente manera:

 - $ 1.500.- junto con los salarios del mes de Abril/2018, - $ 1.500.- junto con los salarios del mes de Mayo/2018. La suma antes mencionada corresponde a la cláusula gatillo contenida en el acuerdo firmado en 2017.

[/restab] [restab title="ACUERDO"][wpdm_package id='11219'][/restab] [restab title="ESCALAS SALARIALES"][/restab] [restab title="HOMOLOGACION"]El presente acuerdo se encuentra pendiente de ser homologado por el Ministerio de Trabajo de la Nación.[/restab] [restab title="TOPES"]El presente acuerdo aún no cuenta con topes indemnizatorios.[/restab][/restabs]

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