Resolución 960/2019 ST: Homologación de Acuerdo. Encargados de Edificio. CCT 589/10 y 590/10. Acuerdo del 1/7/2019. Escala Salarial desde 7/2019.

Sumario: Homologación Encargados de Edificio Julio/2019. La Resolución 960/2019 ST homologa el acuerdo celebrado entre la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH), por la parte sindical, y la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias y la Unión Administradores de Inmuebles, por el sector empleador; de fecha 1/7/2019, mediante el cual se establecen las nuevas condiciones salariales entre otros beneficios para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 589/10 y 590/10 con vigencia desde el 1° de julio de 2019.


Resolución 960/2019 ST

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 30/7/2019

B.O.

Vigencia y Aplicación: 

Organismo Emisor: Secretaría de Trabajo del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación

Cantidad de Artículos: 5

Anexos: 1


Homologación Encargados de Edificio Julio/2019

Art. 1 – Declárense homologados los Acuerdos de fecha 1 de julio de 2019 celebrados entre la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal, por el sector gremial, y la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias y la Unión Administradores de Inmuebles, por el sector empleador, que lucen en la páginas 3 y 4 del IF – 2019 -67674394- APN – DNRYRT#MPYT del EX – 2019- 50432643 – APN – DGDMT#MPYT, conforme lo dispuesto en la ley 14250 (t.o. 2004).

Art. 2 – Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro de los acuerdos identificados en el artículo 1 de la presente resolución.

Art. 3 – Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo junto con los convenios colectivos de trabajo 589/2010 y 590/2010.

Art. 4 – Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Producción y Trabajo no efectúe la publicación de carácter gratuita de los Acuerdos homologados y de esta resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la ley 14250 (t.o. 2004).

Art. 5 – De forma.


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