IGJ aprueba la presentación de estados contables en formato digital para algunas sociedades

La Inspección General de Justicia, a través de la Resolución General 15/2023, estableció que los estados contables y documentación relacionada de las sociedades por acciones no comprendidas en el artículo 299 de la Ley Nº 19.550, deberán presentarse en forma digitalizada, a partir del 01/03/2024.

Dicha presentación deberá ser realizada mediante el servicio denominado “PRESENTACIÓN DIGITAL DE ESTADOS CONTABLES DE SOCIEDADES ACCIONARIAS NO COMPRENDIDAS EN EL ARTÍCULO 299 DE LA LGS” disponible en el sitio web del Organismo (https://www.argentina.gob.ar/justicia/igj).

Asimismo, la normativa aclara que desde el 01/03/2024 hasta el 28/02/2025 continuará vigente y operativo el programa aplicativo SITIGJ, que es el aplicativo que se utiliza actualmente para la presentación Balances y Asambleas.

En igual sentido, se dispone que las mencionadas sociedades por acciones deberán presentar digitalmente sus estados contables y demás información requerida, dentro de los quince (15) días posteriores a la realización de la asamblea, acompañando la siguiente documentación:

1. Formulario de actuación debidamente timbrado.

2. Copia de acta de Directorio debidamente firmada, de la que deberá surgir la trascripción de la memoria del ejercicio económico y la convocatoria a la asamblea que deberá considerar los estados contables objeto de presentación.

3. Copias del acta de Asamblea que aprobó los estados contables y de la planilla del registro de asistencia a la misma, debidamente firmadas.

4. Ejemplar de los estados contables con el informe del auditor emitiendo opinión, firmados por el Representante Legal, por el órgano de fiscalización –si hubiere- y por contador público, con su firma debidamente legalizada por la entidad que ejerce el control de su matrícula.

5. Informe del órgano de fiscalización debidamente firmado, si hubiere.

Te puede interesar:   IGJ: derogan resoluciones que establecían cuotas de género en órganos de administración

6. Memoria firmada por el Representante Legal.

 

Blog del Contador Planes de Suscripción


Si tenes alguna duda sobre el artículo que acabas de leer consultanos al mail contacto@blogdelcontador.com.ar.
También podes acceder a contenido y herramientas exclusivas suscribiéndote en https://siap.blogdelcontador.com.ar/planes/

Más del Autor

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

También te puede interesar