Blog del Contador
Vie, 30 de May de 2025
Última Actualizacion: 13:13 Hs.
Impuestos
Impuesto a los débitos y créditos: AFIP reglamentó la exención para cuentas de consignatarios de ganado
Las cuentas bancarias utilizadas en forma exclusiva por los consignatarios de ganado que involucren movimientos de fondos de terceros están exentas del Impuesto sobre los Créditos y Débitos bancarios.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 08/02/2022 12:25 Hs.
Compartí esta nota
Las cuentas bancarias utilizadas en forma exclusiva por los consignatarios de ganado que involucren movimientos de fondos de terceros están exentas del Impuesto sobre los Créditos y Débitos bancarios. Así lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos que adecuó su normativa para incorporar los beneficios previstos en el Decreto Nº 897/2021. La Resolución General Nº 5145/2022 instrumenta el beneficio para los consignatarios de ganado que administren en forma diferenciada los fondos de terceros de los fondos propios, en los que se incluyen las comisiones relativas a su actividad. Las cuentas de los consignatarios de ganado que involucren movimientos de fondos propios no gozarán de la exención, pero continuarán beneficiadas por la alícuota reducida del 0,075%. La normativa estableció que, para acceder a la exención, los consignatarios de ganado deben estar inscriptos y activos en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) y, de corresponder, en los registros fiscales de AFIP para los Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes.

Concesionarios de servicios públicos

La resolución también instrumenta una alícuota reducida del gravamen para los créditos y débitos en cuentas pertenecientes a concesionarios de servicios públicos previsto en el Decreto N° 901/2021. El beneficio alcanza a aquellos concesionarios cuyo capital pertenezca en un porcentaje no inferior al 80 % al Estado Nacional. La norma otorga estabilidad a la alícuota reducida (0,25%) con la cual se encontraban gravados estos sujetos desde el año pasado.
De estos temas se habla en esta nota
Sociedad
Copyright (c) 2025 Blog del Contador. Todos los derechos reservados.