Resolución General 5316 AFIP: Procedimiento recursivo exclusiones de pleno derecho y recategorización de oficio Monotributo
Modificar la Resolución General N° 4.309, su modificatoria y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación.
Modificar la Resolución General N° 4.309, su modificatoria y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación.
Modificar la Resolución General N° 4.976, su modificatoria y su complementaria, en la forma que se indica a continuación.
Modificar la Resolución General N° 4.003, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación.
La adecuación establece que los datos deberán precisarse cuando el importe de una factura sea igual o superior a $ 61.534 y su receptor sea un consumidor final.
Se aprueba la reglamentación de la Ley Nº 27.701 en lo que respecta al Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina, nuevas deducciones en Ganancias y aportes a la obra social en Monotributo.
A partir del 1 de enero, la AFIP habilitó la carga de solicitud de devolución de las percepciones sufridas durante el período fiscal 2022 bajo el amparo de la RG (AFIP) 4815.
Los impuestos omitidos alcanzan aproximadamente los $4.919.001.432, lo que equivale a USD 82.409.137 para el período fiscal 2019 y a USD 26.481.044 para el período fiscal 2020.
A los efectos del ejercicio de la opción de reducción de los anticipos del impuesto a las ganancias establecida en el artículo 6° del Decreto 841/2022, los contribuyentes y responsables que revistan las condiciones establecidas en el artículo 2° de la presente deberán observar el procedimiento previsto en esta resolución general.
La AFIP publicó los nuevos valores de las escalas y del mínimo no imponible que deberán ser tenidos en cuenta para determinar el impuesto sobre los bienes personales en el período fiscal 2022, cuyo vencimiento opera en junio de 2023.
La Provincia de Córdoba ya cuenta con las leyes que marcarán el rumbo tributario provincial durante el ejercicio 2023 las cuales establecen ciertas modificaciones al Código Tributario y al mismo tiempo fijan las alícuotas y escalas de los impuestos locales.
Recordamos que los valores aquí publicados se deben considerar para la próxima recategorización semestral que se realiza durante el mes de enero.
Establecer que la fecha prevista en la Resolución General N° 5.240 para suministrar la información adicional dispuesta por el segundo párrafo del artículo 20 de la Resolución General N° 4.761 y sus complementarias, respecto de los años calendarios 2019 y siguientes, a los efectos de complementar las solicitudes tramitadas en las condiciones del Anexo II de la norma citada en último término, se extiende hasta el 30 de junio de 2023, inclusive.
Se enviará al congreso un proyecto de ley a través del cual se creará un régimen especial de “Declaración Voluntaria” de ahorros no declarados que alcanzará a personas humanas, sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
A través de la RG 5305 el Organismo prorrogó el plazo para hacer uso de los beneficios dispuestos para el plan de facilidades de pago de Ganancias y Bienes Personales y el plan permanente.
La misma deberá ser utilizada para el cálculo de las retenciones correspondientes a las remuneraciones PERCIBIDAS a partir del 1 de enero de 2023.