Desde el Consejo Profesional de CABA se envió una nota al director de IProfesional, Ing. Norberto Zocco, por una noticia titulada: «¿Cómo hacer el monotributo sin contador?”. En la nota se señala que en la misma se minimiza y desmerece el trabajo de quienes día a día se capacitan en el difícil contexto económico y normativo de nuestro país, para brindar el mejor asesoramiento a los contribuyentes.
También desde el Consejo se indica que se transmite un mensaje equivocado al presentar la inscripción en el “Régimen Simplificado Para Pequeños Contribuyentes» como una simple carga de datos en la página Web de la Administración Federal de Ingresos Públicos, omitiendo las complejidades del caso.
«A través de dicha nota se induce a error a los contribuyentes, dado que no considera aspectos sustanciales que hacen a los elementos a tomar en consideración al momento de encuadrar a los sujetos dentro de éste régimen tales como parámetros de categorización, aspectos previsionales, medios de cobro y facturación, implicancia con los impuestos locales, entre otros», dice parte textual de la nota enviada por el CPCECABA.
Asimismo, se observa que se da a conocer un valor aproximado y variable que cobran nuestros colegas por este tipo de servicios. «El Código de Ética Profesional dispone taxativamente que no se pueden difundir precios de los servicios que se ofrecen, ya que para determinar los mismos es fundamental considerar la naturaleza e importancia del trabajo, el tiempo insumido, la responsabilidad involucrada y las disposiciones legales y reglamentarias vigentes», señalaron desde el CPCECABA. Todos estos factores quedan plasmados en los Honorarios Mínimos Sugeridos que se estipulan por esta institución para el desarrollo de las tareas.
Por otra parte, en relación con el redactor de la nota, Sr. Ian Muñoz Pederzoli, desde el Consejo señalan que de acuerdo con la información recopilada y por lo que él mismo manifiesta a través de su perfil de LinkedIn, es un estudiante de la carrera de Contador Público de la Universidad Argentina de la Empresa (U.A.D.E.), por lo cual se le hace saber que dicha nota constituye un acto de Ejercicio Ilegal de la Profesión.
Por eso mismo, el Consejo solicita que se establezcan los recaudos necesarios para que en lo sucesivo los temas vinculados con las incumbencias exclusivas reservadas por la Ley Nacional 20.488 a los profesionales universitarios graduados con el título de Contador Público sean abordados cumpliendo con todas las normas profesionales y éticas, evitando realizar actos que constituyan ejercicio ilegal de la profesión, y desde una visión que no afecte ni desmerezca nuestra labor.
Finalmente, el Consejo manifiesta que se pone a disposición como fuente de información y consulta en un ámbito de intercambio y diálogo y en caso contrario «nos veremos obligados a aplicar los mecanismos previstos en el marco normativo».