Jubilados: media sanción al proyecto para eliminar el trámite de «fe de vida»

El proyecto que modifica la ley 26.704 y que busca eximir a los beneficiarios de haberes o prestaciones de la seguridad social y pensiones no contributivas de la obligación de acreditar su supervivencia, fue aprobado por el Senado con 60 votos a favor y ahora se encuentra en manos de la Cámara de Diputados para su consideración.

Si la Cámara de Diputados convierte en ley la medida propuesta, todas las personas que reciben ingresos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y aquellas que reciben prestaciones no contributivas se beneficiarán al no tener que demostrar su supervivencia. Esta medida no tendrá en cuenta la edad ni el banco donde se depositen los haberes.

Actualmente, varios bancos fueron anunciando que ya no pedirían ninguna acción para demostrar la antes denomina supervivencia. Entre ellas, el Banco Provincia, el Banco Nación, el Santander, el Itaú, los bancos de La Pampa, Entre Ríos, Córdoba, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe. Sin embargo, hay otras entidades que aún lo siguen requiriendo. Sabido es, que hoy ya no es necesario acercarse a la sucursal y basta con realizar ciertas acciones: compras con tarjetas, el uso de los tótem con lector de huellas digitales ubicados en ciertas entidades, entre otros.

El proyecto de ley busca disponer que quede sin efecto “toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales”. Y agrega que la percepción de una prestación no requerirá “en ningún caso de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia”.

Por otro lado, también es importante señalar que el proyecto en su artículo 4 aclara que las entidades que realicen pagos de jubilaciones o pensiones tienen la obligación de rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio. Por lo tanto, de aprobarse estas entidades deberán hacerse responsables del monto de los eventuales pagos indebidos.

Te puede interesar:   ANSES: topes a las bases imponibles vigentes a partir de abril de 2024

En el recinto, la senadora Juliana Di Tullio (FdT) destacó que los dos bancos más importantes del país ya no piden la fe de vida”, y enumeró otras entidades financieras que tampoco piden dicho trámite. Asimismo, sostuvo que ya el 45% de la población total beneficiaria en el sistema previsional están exentos de tener que decir si está vivo. Los bancos se conectan con el RENAPER si tienen alguna duda para poder hacer el pago”.

Por su parte, la entrerriana Stella Olalla (UCR) subrayó que fue un “esperado dictamen que elimina la fe de vida o supervivencia que, en alguna medida, obligaba a los jubilados y pensionados a presentar mensualmente ese trámite de actualización engorroso y complejo para tener la percepción de los haberes”.

Blog del Contador Planes de Suscripción


Abogada. Especialista en Derecho de Familia (UNS). Previsional. Laboral.

Más del Autor

1 comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

También te puede interesar