Por Diego Andrés Colazo – Contador Público Nacional, Especialista en Tributación
La provincia de Jujuy ha sido, históricamente, una de las menos gravosas en cuanto a impuestos provinciales.
En su principal tributo, éste es el impuesto sobre los ingresos brutos, la provincia cuenta con una alícuota general de las más bajas del país.
En el impuesto de sellos las alícuotas e importes fijos no difieren en gran medida del promedio nacional. Las tasas retributivas de servicios administrativos o judiciales tampoco se alejan del promedio.
En el impuesto inmobiliario los valores fiscales se hallan alejados de los valores de mercado, pero el fisco provincial se las apañó para incrementar sobremanera el impuesto a pagar en los últimos cinco años, siendo ello una causa de la baja cobrabilidad del impuesto.
En lo que se refiere al impuesto automotor, su recaudación y gestión ha sido descentralizada en los municipios y comisiones municipales que conforman políticamente la provincia y no existen otros tributos como si tienen algunas otras jurisdicciones: sobre la nómina, sobre juegos de azar, etc.
En cuanto a los regímenes de recaudación anticipada, Jujuy no se exhibe como una de las provincias llamadas “duras” como Misiones, Tucumán, Salta, Río Negro o la Provincia de Buenos Aires, sino que integra el conjunto de las restantes jurisdicciones con sistemas menos extremos.
La presión tributaria provincial promedio del 2019 habría sido cercana al 4,8% en tanto que la histórica jujeña fue del orden del 4%.
Este panorama no implica, bajo ningún punto de vista, que el régimen tributario jujeño se caracterice como un buen régimen o como uno que otorgue incentivos para la radicación de inversiones, empresas o actividades.
La menor presión tributaria en Jujuy nunca implicó ventajas comparativas en una eventual “competencia o guerra fiscal” por atraer inversiones, sino todo lo contrario. Exiguos ahorros, producto de la planificación fiscal, no compensan lo pequeño del mercado, la distancia geográfica de otros centros de distribución y su incidencia en costos, la escasa y deficiente infraestructura, los conflictos políticos y sociales, etc.
Tampoco ayuda la anemia en política económica jujeña y, particularmente, la inexistencia de una política fiscal estratégica, o cuanto menos seria.
No es secreto que no existen políticas de incentivos fiscales, de promoción y fortalecimiento o de reconversión sectorial. Tampoco existen programas anti cíclicos, fondos de emergencia o planes de contingencia.Las medidas de alivio fiscal que se implementaron recientemente no tuvieron entidad suficiente y solo se tradujeron en la pérdida de una recaudación necesaria.
En un escenario de caída de actividad económica y de empleo, son ya veintiséis (26) los meses donde la inflación supera ampliamente el crecimiento de la recaudación y, para peor, la conducta de cumplimiento voluntario de los contribuyentes se deteriora cada vez más, producto de una pésima política implementada desde 2016 y que consiste en un loop o bucle temporal interminable de moratorias con importantes beneficios para los contribuyentes que incumplen sus obligaciones tributarias y ninguno, o casi, para aquellos que voluntariamente cumplen con todo.
El dato relevante y actual es el siguiente:
En los últimos cinco (5) años, es decir, en los últimos sesenta (60) meses, el fisco provincial tuvo treinta y nueve (39) meses con regímenes especiales de regularización con condonaciones sustanciales de intereses y totales de multas.
A continuación se detallan los períodos y regímenes especiales de regularización:
Total de meses del período = |
60 |
100% |
Total de meses con regímenes = |
39 |
65% |
Para decirlo en términos más espartanos: en los últimos cinco años, dos tercios (2/3) de ese tiempo, Jujuy tuvo moratorias vigentes.
El indicador es duro, contundente e inapelable.
Expone claramente el grado de imprevisión, de improvisación y la falta de lógica de la política fiscal local.
Ahora bien, ¿qué implica un estado permanente de moratoria?
En condiciones anormales o de corto plazo provocadas por alguna situación extraordinaria, una moratoria puede acercar al fisco un flujo de fondos que de otro modo debería intentar recaudar por la vía de la coacción con los riesgos de incobrabilidad latentes.Pero en condiciones normales, en el mediano o largo plazo, mantener un estado permanente de moratorias atenta contra el cumplimiento voluntario de los contribuyentes ya que destruye la conciencia ciudadana y la conducta fiscalmente responsable, al percibir los contribuyentes los beneficios económicos y financieros que obtienen quienes incumplen con sus obligaciones.
Es ese el fundamento por el cual las moratorias deben ser una herramienta de excepción y no ser promovidas desde los gobiernos en tanto no existan beneficios para otorgar a quienes cumplen con sus impuestos.
Habrá que evaluar en Jujuy el impacto en términos de recaudación y costos del daño provocado por la nefasta política fiscal y este loop interminable de moratorias.
“A veces un buen plan no consiste en hallar la mejor alternativa sino en hallar una que efectivamente funcione”[i].
[i]Frase atribuida al personaje del actor HughDancy en la serie de Televisión “Hannibal”.