La renovación o extensión del acuerdo original, firmado el 30 de abril último, regirá a partir de su homologación por parte del Ministerio de Trabajo.
Sindicalistas e industriales convinieron la prórroga de la vigencia de las suspensiones de forma oportuna acordadas en los términos de la normativa laboral vigente como consecuencia de la pandemia y el aislamiento social obligatorio.
El convenio original había expirado el 31 de mayo último, por lo que los representantes de la entidad industrial y la central obrera lo prorrogaron este jueves.
Según las partes, las entidades procuran mitigar «el impacto de la pandemia a partir de un marco de previsibilidad que contemple tanto a trabajadores como a empresarios», por lo que continuará el pago de «una prestación no remunerativa del 75 por ciento del ingreso neto y la continuidad de los puestos de trabajo durante el tiempo en que se haga efectiva la suspensión temporaria de personal».
Estarán exceptuados de esa realidad los trabajadores que no concurran a sus lugares de labor por encuadrarse en algún grupo de riesgo o tener más de 60 años, y quienes hayan convenido con los patrones realizar tareas desde sus hogares.
Fuente: Télam