La Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya tiene su Ley Tarifaria para el año 2017 y en la misma se establecen modificaciones en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos.
La Ley 5723 publicada ayer en el Boletin Oficial de la Ciudad, en su artículo 74, fija en $ 400.000.- el importe máximo de facturación anual para poder ingresar y/o permanecer dentro del Régimen Simplificado.
De esta manera, y comparandolo con el tope vigente hasta el año 2016 el cual es de $ 240.000.- se observa que se ha incrementado en un 67%.
Asimismo, se modifican las categorías por las cuales tributa cada contribuyente en particular. Las mismas dejan de numerarse de la III a la X como lo era hasta ahora y pasará a ser como en el Monotributo con letras, en este caso irá de la B a la I (no entendemos porque no figura la A, en fin).
Los importes fijos a pagar por los contribuyentes se incrementan, pero no en forma proporcional. Por ejemplo, se observa que la categoría mas baja para las alícuotas del 3% o superiores pagarán $ 1.080.- anuales (cuyo tope de facturación es $ 48.000.-). mismo importe que pagaron este año quienes estaban en el segundo escalón de la tabla con ingresos entre $ 36.000.- y $ 48.000.-
Quienes tenian ingresos hasta $ 96.000.- estaban en el cuarto escalón de la tabla y este año pagaron $ 2.180.- anuales mientras que para el próximo año, si bien bajan al tercer escalón (Categoría D) pasarán a pagar $ 2.940.- al año, lo que significa un incremento del 35%.
Así también, quienes estaban en el último tramo de la escala (Categoría X) con tope de $ 240.000.- de facturación pagaban hasta este año $ 6.000.- anuales en tanto que en el nuevo esquema pasarán al sexto tramo (Categoría G) pagando al año un total de $ 7.560.- lo que significa un aumento del 26%.
Por último, las dos categorías mas elevadas (la H con tope de $ 288.000.- y la I con tope de $ 400.000.-) pagarán $ 9.240.- y $ 12.000.- al año respectivamente. Estos tramos no existían hasta 2016.
Por otra parte, NO se establecieron modificaciones respecto al precio unitario de venta de cosas muebles, el cual sigue siendo de $ 870.- Demás está decir que es ínfimo teniendo en cuenta la economía de hoy en día.
Las nuevas escalas
Me pasaron de $240 or bimestre a $490 !!! Sin actualizar los topes como SI hicieron con el monotributo. Voraces exprimiendo siempre a los mismos, sin posibilidad de queja
Pagué mal la primera cuota de enero, o sea tenía impresa la boleta con anticipación y no me registró el aumento. Cómo hago para pagar la diferencia adeudada y los intereses por pago fuera de término? No crea que sea la única. Agradecería mucho me contestaran por mail. Desde ya muchas gracias.-
P.D. Me parece muy abusivo la diferencia de aumentos, sobre todo por la inestabilidad laboral y recesión vigente.-
Hola Andrea, si reimprimis las boletas te deberían aparecer. Saludos y gracias.
Hola! estoy en la categoría B de monotributo 2017, cómo se a qué categoría de Ingresos Brutos Regimen Simplificado debo ir? facturo hasta 126.000 al año y soy servicios. gracias!
Hola Julieta, no hacemos asesoramiento profesional a través del blog. Por favor contactanos por privado al mail y con gusto atenderemos tu consulta. Saludos cordiales.
Hola una consulta. Necesito averiguar para volver a tener monotributo ya q tengo posibilidad de comenzar a trabajar bajo contrato pero debo facturar. Mi situacion es: deje de pagar monotributo en 02/2009 cuando cerre mi libreria y tambien habia dejado de pagar IIBB cat 2 en 02/2007. Se q en afip hay plan de pagos… en iibb como es? Para inscribirme en la categoria de servicios tambien debo volver a pagar iibb? Disculpa las molestias y muchas gracias!!!
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