Las DDJJ de Ganancias, Bienes Personales y Cedular 2019 vencerán para todos los CUIT el miércoles 12 (pero el pago no se modifica)

rg 4725 afip, rg 4721 afipEs oficial la prórroga ¿cuando vencen Ganancias, Bienes Personales y Renta Financiera 2019? informativas de Ganancias y Bienes Personales Bienes Personales y Cedular 2019AFIP informó la prórroga de Ganancias, Bienes Personales y Cedular 2019 ¿cuales son las nuevas fechas de vencimiento? prórroga para presentación y pago de cargas sociales

La Administración Federal de Ingresos Públicos informó mediante un comunicado de prensa que las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales cuyos vencimientos operan los días 10 y 11 de agosto se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive.


Las DDJJ de Ganancias, Bienes Personales y Cedular 2019 vencerán para todos los CUIT el miércoles 12 (pero el pago no se modifica)

Prórroga Ganancias y Bienes Personales

Vencimientos de Ganancias y Bienes Personales 2019

La Administración Federal de Ingresos Públicos informó mediante un comunicado de prensa que las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales cuyos vencimientos operan los días 10 y 11 de agosto se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive.

La Resolución General Nº 4791 (NdR: aún no fue publicada en el B.O.) busca facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

La normativa también alcanza a las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado julio 2020.

De esta forma, las presentaciones correspondientes a dichas obligaciones cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020, se considerará cumplida en término si se efectúa hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive.

Asimismo, la decisión de la AFIP contempla que la información nominativa de retenciones y/o percepciones practicadas en el curso del mes de julio de 2020, conforme las disposiciones establecidas en la Resolución General Nº 2233, cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020, se considerará cumplida en término si se presenta hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive.

Ganancias y Bienes Personales 2019, Impuesto Cedular Renta Financiera, Prórroga de vencimientos

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