Resolución General 5316 AFIP: Procedimiento recursivo exclusiones de pleno derecho y recategorización de oficio Monotributo
Modificar la Resolución General N° 4.309, su modificatoria y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación.
Modificar la Resolución General N° 4.309, su modificatoria y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación.
Modificar la Resolución General N° 4.976, su modificatoria y su complementaria, en la forma que se indica a continuación.
Modificar la Resolución General N° 4.003, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación.
Se aprueba la reglamentación de la Ley Nº 27.701 en lo que respecta al Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina, nuevas deducciones en Ganancias y aportes a la obra social en Monotributo.
Las obligaciones referidas a la presentación y, en su caso, al pago de las declaraciones juradas F.931 correspondientes al período devengado diciembre de 2022, con vencimientos fijados entre los días 9 y 11 de enero de 2023, ambos inclusive, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen hasta el día 13 de enero de 2023, inclusive.
A los efectos del ejercicio de la opción de reducción de los anticipos del impuesto a las ganancias establecida en el artículo 6° del Decreto 841/2022, los contribuyentes y responsables que revistan las condiciones establecidas en el artículo 2° de la presente deberán observar el procedimiento previsto en esta resolución general.
Se modifica el Decreto N° 432/97, armonizando y actualizando la gestión en el proceso de otorgamiento de las Pensiones No Contributivas por Invalidez, en términos económicos, sociales, geográficos y respecto de la normativa aplicable.
Dispónese el efectivo acceso a los recursos de la seguridad social de todo niño, toda niña y adolescente respecto del o de la cual se hubiera adoptado una medida de protección excepcional y permanezca en dispositivos residenciales de cuidado, de gestión pública o privada, o en dispositivos familiares de cuidado.
Sustituir en el cuarto párrafo del artículo 4° de la Resolución General N° 5.035 y su modificatoria, la expresión “…hasta el día 31 de diciembre de 2022, inclusive.”, por la expresión “…hasta el día 31 de diciembre de 2023, inclusive.”.
Modificar el Anexo de la Resolución General Nº 2.927 y sus modificatorias, en la forma que se indica a continuación.
Los empleadores y las empleadoras que contraten trabajadores o trabajadoras encuadrados y encuadradas en el “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” que hubieren abonado el importe correspondiente a la asignación no remunerativa prevista en el Decreto N° 841/22 y que no se encuentren alcanzados por la posibilidad de deducción prevista en el primer párrafo del artículo 7° del mencionado decreto, podrán solicitar el reintegro de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de lo abonado por este concepto de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución.
Extender el régimen de reintegros establecido por la Resolución General Nº 4.676, sus modificatorias y complementarias, para las operaciones que efectúen sus beneficiarios hasta el 30 de junio de 2023, inclusive.
Establecer que la fecha prevista en la Resolución General N° 5.240 para suministrar la información adicional dispuesta por el segundo párrafo del artículo 20 de la Resolución General N° 4.761 y sus complementarias, respecto de los años calendarios 2019 y siguientes, a los efectos de complementar las solicitudes tramitadas en las condiciones del Anexo II de la norma citada en último término, se extiende hasta el 30 de junio de 2023, inclusive.
Se establece un régimen de información complementario de operaciones internacionales (RICOI) a cargo de los sujetos obligados indicados en el artículo 2°, a cuyo efecto deberán observarse las disposiciones de la presente
El valor de la suma fija será de $ 173.- para el devengado del mes de diciembre de 2022 correspondiente a los empleadores del Régimen General (Unidades Productivas).