Resolución General 8/17 IGJ: Se Establecen Modificaciones a la Reglamentación de las Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS)
Modificación. Resolución General 6/2017.
Modificación. Resolución General 6/2017.
[restabs alignment=»osc-tabs-center» responsive=»false»] [restab title=»SUMARIO» active=»active»] Resumen: Se reglamenta el mecanismo web por el que podrán optar los contribuyentes, para formalización, tramitación y resolución de determinadas demandas de repetición del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de conformidad con lo previsto en los artículos 133, siguientes y concordantes del Código Fiscal –Ley Nº 10.397 (T.O. 2011) y
Procedimiento. Régimen de control de emisión de comprobantes. Su implementación.
Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Recategorización cuatrimestral obligatoria. Resolución General N° 4.104-E. Norma complementaria.
Se establece el haber mínimo y máximo garantizado vigente a partir del mes de septiembre de 2017 y se fijan las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley Nº 24.241, texto según la Ley Nº 26.222.
Se establece el valor de la movilidad prevista en el artículo 1° de la Ley N° 27.160 y sus modificatorias, correspondiente al mes de septiembre de 2017 y se establecen los rangos y montos de las Asignaciones Familiares y Universales contempladas en la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias a partir de septiembre de 2017.
La Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre la Federación Gráfica Bonaerense y el sector empresarial correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 409/05 que rige para todos los empleados gráficos de todo el país con vigencia desde el 1 de Abril de 2017.
Procedimiento. Régimen de emisión de comprobantes mediante “Controladores Fiscales” de nueva tecnología. Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas. R.G. N° 3.561. Norma complementaria y modificatoria.
La Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a través de su Disposición N° 349/17 (B.O. 07/09/2017) fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición N° 5/17 de la Subsecretaría de Relaciones del Trabajo suscripto entre el SINDICATO “FEDERACIÓN GRÁFICA BONAERENSE”, por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA GRÁFICA Y AFINES (FAIGA), por la parte empleadora, conforme al detalle que se adjunta seguidamente:
La Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a través de su Disposición N° 353/17 (B.O. 07/09/2017) fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución N° 562/17 de la Subsecretaría de Relaciones del Trabajo suscripto entre la FEDERACIÓN ÚNICA DE VIAJANTES DE LA ARGENTINA (FUVA) , por la parte sindical y la CÁMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA COSMÉTICA Y PERFUMERÍA, por la parte empleadora, conforme al detalle que se adjunta seguidamente:
La Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a través de su Disposición N° 341/17 (B.O. 29/08/2017) fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución N° 551/17 de la Subsecretaría de Relaciones del Trabajo suscripto entre la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONÓMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA), por la parte sindical y la FEDERACIÓN EMPRESARIA HOTELERA GASTRONÓMICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FEHGRA), por la parte empleadora, conforme al detalle que se adjunta seguidamente:
Apruébase la reglamentación del Título I de la Ley N° 27.349.
La Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a través de su Disposición N° 364/17 fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución N° 135/17 de la Subsecretaría de Relaciones del Trabajo suscripto entre la UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS PLÁSTICOS (UOYEP), por la parte sindical y la CÁMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLÁSTICA (CAIP), por la parte empleadora, conforme al detalle que se adjunta seguidamente: