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Síntesis: Modifícase el decreto 1.584/2010 e incorpórase como feriado nacional y día no laborable en todo el territorio de la Nación el 17 de junio de cada año, en conmemoración al paso a la inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
Estado de la Norma: Vigente
Sancionada: 08/06/2016
Promulgada: 09/06/2016
B.O. 10/06/2016
Vigencia y Aplicación: 11/06/2016 (s/ Artículo 3°)
Modifica a:
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El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1° — Modifícase el Decreto 1.584/2010 e incorpórase como feriado nacional y día no laborable en todo el territorio de la Nación el 17 de junio de cada año, en conmemoración al paso a la inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
ARTÍCULO 2° — El Poder Ejecutivo de la Nación, a través de los organismos pertinentes, desarrollará acciones de difusión tendientes a promover la reflexión sobre la personalidad del prócer nacional Don Martín Miguel de Güemes y su gesta en defensa de la libertad e independencia de la patria, por medios adecuados y con la antelación y periodicidad suficientes.
ARTÍCULO 3° — La presente ley entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27258 —
MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.