Libro de Sueldos Digital: actualización de datos del empleador – ART

La AFIP recuerda que previo a la carga de la declaración jurada F931 del período agosto 2024 se deberá ingresar al servicio Declaración en Línea y actualizar los datos de LRT.

La AFIP recuerda que en los términos de la RG 5556/2024, previo a la carga de la declaración jurada del período agosto 2024 vía Declaración en Línea o Libro de Sueldos Digital, el empleador deberá ingresar al servicio Declaración en Línea y actualizar los datos de LRT del módulo “para actualizar sus datos de Empleador”.

Asimismo, se señala que con la nueva modalidad de cálculo automático del F.F.E.P., los datos que se deben informar en el módulo «Actualizar datos del Empleador» se restringen exclusivamente a los aspectos del contrato celebrado con la ART.

Nueva modalidad de informe Ley de Riesgos de Trabajo

En función a que la actualización del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P.), definido por el Decreto 590/1997, cambió de fijo a trimestral y luego a mensual, se habilitó el cómputo automático de su importe, a fin de calcular el monto fijo de las obligaciones de ART que surge desde la Declaración Jurada de Seguridad Social F.931.

Para ello, deberán completarse los datos vinculados exclusivamente a los componentes del contrato celebrado con la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART), en el módulo “Para actualizar sus datos de Empleador” del servicio “Declaración en Línea”.

El empleador únicamente informará:

  • El Porcentaje de alícuota LRT
  • El Importe fijo contractual (sin incluir el importe fijo correspondiente al F.F.E.P.)

Respecto a este último campo, se debe considerar que no debe incluirse el importe fijo correspondiente al F.F.E.P. Solamente se informará importe en caso  que el contrato especifique, para el empleador en particular, un importe fijo por cada trabajador. De lo contrario, si el contrato no define un importe fijo, se debe indicar “0,00”.

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La porción de importe fijo correspondiente al F.F.E.P. será calculado por el aplicativo, garantizando la exposición del monto vigente en la declaración jurada a generar, dispensando al usuario a efectuar su carga ante cada actualización normativa.

Seguridad Social (SICOSS) Versión 47 Release 0

La AFIP publicó en su sitio web oficial la nueva actualización del programa aplicativo SICOSS que incorpora las siguientes novedades:

  • En función a lo establecido en la RG 5556/2024, se habilitó el cómputo automático del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P.), a fin de calcular el monto fijo de las obligaciones de ART que surge desde la Declaración Jurada de Seguridad Social F.931.
  • Con la publicación de la Disposición 8/2024 de la SRT se actualiza el monto del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P.), para el periodo devengado agosto 2024.
  • Según lo establecido en el Decreto 600/2024, se unifica el criterio de distribución de aportes y contribuciones destinado al Fondo Solidario de Redistribución (FSR) para todo tipo de obra social.
  • Actualización de productores en convenios de corresponsabilidad gremial agosto 2024.

Unificación de montos de aportes destinados al Fondo Solidario de Redistribución (FSR)

A partir de la publicación del Decreto 600/2024, se estableció unificar la distribución destinada al Fondo Solidario de Redistribución (FSR), de modo tal que para todo tipo de obra social su cálculo será igual al:

  • 85% para aportes y contribuciones destinado a la obra social;
  • 15% para aportes y contribuciones destinado al FSR (ex ANSSaL) independientemente de las remuneraciones devengadas.

Vigencia: A partir de periodo devengado agosto 2024, con vencimiento en septiembre 2024.

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