Libro de Sueldos Digital: ¿Cómo y desde cuándo se debe informar la fecha de antigüedad reconocida?

AFIP ha incorporado en el servicio Simplificación Registral un nuevo campo en la sección “Datos Complementarios” para que los empleadores puedan informar la “Fecha de Antigüedad Reconocida” de cada uno de sus trabajadores.

El ingreso de la ‘Fecha de Antigüedad Reconocida’ se encuentra disponible para todo el universo de empleadores, según informa el organismo.

En el caso de empleadores que presenten su Declaración Jurada F.931 mediante el Servicio Libro de Sueldos Digital, es necesaria la actualización de la información en el Servicio Simplificación Registral, ya que de acuerdo con la Resolución General N° 5250/2022 AFIP -artículo 4-, se indica que los empleadores deben informar la fecha de antigüedad reconocida, dato que se reflejará en el Libro Especial.

En efecto, de acuerdo al inciso a) del art. 4° de la Res. Gral. (AFIP) 5250, los sujetos obligados a utilizar el sistema “Libro de Sueldos Digital” deberán declarar en el sistema “Simplificación registral” la jurisdicción que corresponda a la autoridad administrativa local en materia del trabajo y registrar la fecha de antigüedad reconocida de cada uno de sus trabajadores en la Sección “Datos Complementarios”.

La fecha de antigüedad reconocida corresponde a la fecha de inicio de relación laboral o fecha desde la cual se reconoce la antigüedad del trabajador, siendo ésta igual o menor a la fecha de ingreso efectiva.

Recordamos que esta resolución general sustituyó a su antecesora, Res. Gral. (AFIP) 3781 la cual no establecía la obligatoriedad de informar la fecha de antigüedad reconocida.

A su vez, el art. 17 de la mencionada RG 5250, establece que las disposiciones de la misma entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial (17/8/2022).

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Por ende, entendemos que desde dicha fecha rige la obligación de informar la fecha de antigüedad reconocida en los Datos Complementarios de cada trabajador en el sistema Simplificación Registral de AFIP.

Asimismo, la AFIP aclara que para los empleadores no obligados al Servicio Libro de Sueldos Digital, la indicación de la Fecha de Antigüedad Reconocida será optativa y que en ningún caso la falta de actualización del campo ‘Fecha de Antigüedad Reconocida’ impedirá la realización de altas/bajas en Simplificación Registral y, la generación y envío del F.931.

A continuación compartimos la guía publicada por AFIP con los pasos a seguir para informar la fecha de antigüedad reconocida, tanto en forma manual como mediante importación de datos.

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