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Los Diez Puntos Salientes del Proyecto para Amortiguar la Salida del Monotributo al Régimen General.

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El Gobierno impulsará un esquema puente entre el Monotributo y el Régimen General de IVA, Ganancias y jubilación de autónomos, para hacer menos traumático el pase de una a otra categoría de tributación.


El Gobierno impulsará un esquema puente entre el Monotributo y el Régimen General de IVA, Ganancias y jubilación de autónomos, para hacer menos traumático el pase de una a otra categoría de tributación.


Los puntos propuestos, que resultan del anteproyecto de ley que sería lanzado esta semana, son los que se enumeran seguidamente:

– mayor progresividad para que empresas de menor tamaño paguen una alícuota de Impuesto a las Ganancias menor.

– la modificación en la cuota de monto fijo que pagan los monotributistas a porcentaje variable cuando salen del Régimen Simplificado al General.

– contemplar un crédito de IVA al principio, para amortiguar el traspaso al Régimen General.

– un bloqueo Fiscal que impida a la AFIP mirar hacia atrás si el monotributista estuvo bien categorizado y facturado correctamente, tras habilitar un blanqueo de los últimos 5 años.

– sumar al mínimo no imponible, la deducción de autónomos, por cónyuge y por hijos, un componente deducible por ser pyme que podría ser una cifra igual a la del mínimo no imponible.

– lograr la unificación de presentaciones y pagos de declaraciones juradas con las provincias.

– en el caso de las empresas, se establece una alícuota diferencial del Impuesto a las Ganancias para las pymes y pago en cabeza de socios de micro y pequeñas empresas. También serán incluidas en el bloqueo fiscal por 5 años las compañías.

– se prevé la unificación de presentaciones y pagos de declaraciones juradas con provincias y declaraciones juradas asistidas o pro forma, que permite al contribuyente saber qué le reclama la AFIP, pagarlo y despreocuparse.

– se impulsará la Cuenta Única Tributaria PyME con la posibilidad de comercializar saldos a favor de todo tipo.

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– se buscará utilizar saldos a favor por obligaciones aduaneras (reembolsos y reintegros de exportaciones), así como saldos a favor de obligaciones previsionales. Y el traspaso a terceros, señala el matutino. 


Fuente: Dolores Olveira para El Cronista, 28/2/2019.

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