Junto con el crecimiento del comercio electrónico, qué creció un 104% en el primer semestre del año, creció en igual medida la utilización de plataformas de pago, siendo la más famosa de ella Mercado Pago.
Por Nicolás Fernández Miranda (*)
Desde finales de 2019, mediante la resolución general 4622 los cobros efectuados a través de mercadopago están alcanzados por percepciones de IVA, para que esto suceda, deben cumplirse 3 condiciones:
- Sos Responsable Inscripto; ó
- Realizas más de 10 ventas por mes y
- Superarte los $50.000 de facturación mensual
¿Cuál es el porcentaje de la percepción?
La RG, distingue entre quienes se encuentren incluidos en el Anexo I de la Resolución General N° 2.854 y sus modificatorias, y estaciones de servicio y bocas de expendio minoristas, exponiendo los siguientes porcentajes:
¿Quienes están exentos de estas retenciones?
No son sujetos de retención los siguientes:
- Los monotributistas.
- Los inscriptos en el ‘Registro de empresas MiPyMES’
- Las potenciales microempresas.
¿Qué ocurre si el contribuyente realiza más de 10 ventas mensuales, y superó los $50.000 en movimientos, pero no se encuentra inscripto en AFIP?
El caso mencionado es el más oneroso, siendo que si no estás inscripto en AFIP, se retendrá el 10,5% de IVA y el 2% de Ganancias en todos los cobros siguientes, hasta que se informe la situación del contribuyente. Es importante destacar que tienen que darse ambas condiciones para que se apliquen dichas alícuotas.
De esta manera, debemos asesorar a nuestros clientes a que se encuentren correctamente inscriptos y categorizados, para evitar cargos innecesarios.
(*) Contador Público recibido con honores en la universidad nacional de Jujuy. Profesor de Economía en la Universidad Nacional de Jujuy. Doctorando en Administración de Negocios en la Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas (ESEADE). Diplomatura en procedimiento Tributario, Universidad Nacional de Jujuy. Certificate Program in Excecutive Management, course in advanced issues in Project Management, University of La Verne, College of Business & Public Management, California, EEUU
Hola buenas noches, la duda que tengo es la siguiente, si recaudo fondos para un fin común determinado, y utilizo mi cuenta de mercado pago para ello, estoy expuesto a que a AFIP aplique cargos sobre eso?